Marco Legal

Ponemos a su disposición los documentos que hacen al marco legal de esta institución:

Es la ley provincial que oficia de marco regulatorio general de los Lic. en Nutrición en el Territorio de la Provincia de Buenos Aires. En líneas generales comprende: Objetos y Atribuciones del Colegio y los derechos, obligaciones y prohibiciones de los matriculados.
Es el reglamento que define criterios, conceptos y conductas que deben guiar a los profesionales matriculados, para actuar de manera ética con sus pares y con la sociedad en general.
El presente reglamento complementa a la Ley 13272 y se constituye en la reglamentación correspondiente a los Art. 18 In fine, 20,22 y los siguientes concordantes para la elección de autoridades del Colegio.
El presente reglamento complementa a la Ley 13272 y se constituye en la reglamentación correspondiente al Art. 8, respecto a la posibilidad de cancelación voluntaria de matricula del colegiado.
Es el reglamento que define y unifica criterios para la publicidad de los servicios profesionales.
La reglamentación establece los requisitos que se deberán reunir, para que se considere el auspicio y/o difusión de actividades de capacitación, externas al Colegio.

Subsidios para colegiados

Define los criterios y la pauta de presentación, que se deberán cumplir a fin de solicitar el subisdio por naciemiento y/o adopoción de hijos del profesional.
Define los criterios y la pauta de presentación, que se deberán cumplir a fin de solicitar el subisdio por fallecimento del profesional.

Nosotros

Colegio de Dietistas, Nutricionistas-Dietistas y Licenciados en Nutrición de la Provincia de Buenos Aires.

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La Plata - 1900

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